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Juicio por cláusulas abusivas: cuánto tarda y por qué

Un juicio por cláusulas abusivas con garantía hipotecaria se estimó en 20,26 meses de media en 2025 (CGPJ). Qué explica ese plazo y qué pasa en apelación.

Bancada de madera vacía de una sala institucional con luz de mañana
Publicado porEquipo Veritua
Revisión jurídicaAbogado colegiado propio de Veritua
Última revisión
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«¿Y cuánto va a tardar esto?» llega antes que casi cualquier otra pregunta. Hay una respuesta oficial, y es específica de estos pleitos: el Consejo General del Poder Judicial publica una serie dedicada a los procedimientos sobre condiciones generales —las cláusulas que el consumidor no negoció, redactadas de antemano por la entidad— en contratos de financiación con garantía inmobiliaria.

¿Cuánto tarda un juicio por cláusulas abusivas?

La Estadística Judicial del CGPJ estimó 20,26 meses de media en 2025 en la serie de los ordinarios sobre condiciones generales con garantía inmobiliaria. Es una estimación para comparar años y territorios, no la previsión de un caso concreto. Si hay apelación, la misma fuente estimó 18,13 meses. De la tramitación nos encargamos nosotros, y nuestra estimación para la fase judicial se publica aparte.

Lo que estima la estadística del CGPJ

Datos a 4 de octubre de 2026 — Estadística Judicial del CGPJ, «Estimación de los tiempos medios de los asuntos terminados», serie 2002-2025, publicada el 16 de abril de 2026. Esta sección se sustituye entera con cada edición anual.

  • Primera instancia: 20,26 meses (2025). La hoja se titula literalmente «Ordinarios en procesos declarativos por ejercicio de acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías inmobiliarias».
  • Juicios ordinarios de todo tipo, mismo año: 15,46 meses. Un pleito de cláusulas se estima por encima de un ordinario medio.
  • Segunda instancia: 18,13 meses (2025). Serie equivalente en Audiencias Provinciales, la del recurso de apelación: la revisión de la sentencia por un tribunal superior.

El CGPJ no cronometra expedientes. Lo estima con un modelo matemático de colas a partir de los asuntos que ingresan, los que se resuelven y los que quedan pendientes, y advierte que la cifra sirve «para la comparación entre territorios, entre tipos de procedimiento y, especialmente, entre años», no para predecir la duración de un caso concreto. Leído así, el 20,26 no es una fecha de entrega.

La serie cubre financiación con garantía inmobiliaria, el terreno de las cláusulas de una hipoteca que se revisan. Y no conviene mezclar entregas: la estadística de duraciones es anual; la de ejecuciones hipotecarias, trimestral.

Siete meses o cincuenta y siete: por qué depende del territorio

En la misma serie y el mismo año, la estimación de primera instancia va de 7,01 meses en Castilla-La Mancha a 57,62 en Madrid. Entre medias: Murcia 26,10, Castilla y León 15,60, Comunitat Valenciana 13,69 y País Vasco 13,04.

El resto de comunidades figura con un guion: ya no tienen órgano especializado y no generan dato. Dos consecuencias. La media nacional se calcula solo sobre las comunidades que lo conservan y está dominada por Madrid; y el calendario no lo marca el tipo de cláusula, lo marca el órgano al que corresponde tramitarla. Por eso un plazo cerrado no se puede comprometer, y nosotros tampoco lo hacemos.

Las paradas del procedimiento, y por qué existen

Un juicio ordinario declarativo —el cauce en el que se pide que se declare la nulidad de una cláusula y se devuelva lo pagado por ella— no se resuelve en una ventanilla. Se presenta la demanda y el tribunal la admite; se da traslado a la entidad, que contesta; se celebra la audiencia previa, la vista donde se fijan los hechos que las partes discuten y se admite la prueba; después vienen el juicio y la sentencia. Cada parada existe para que ambas partes puedan alegar y probar.

Antes de todo eso hay un paso añadido, y esos meses no entran en la serie del CGPJ: desde abril de 2025 la demanda no se admite sin acreditar un intento previo de solución frente a la entidad, con una vía propia cuando hay garantía hipotecaria (el requisito, norma a norma). De ese trámite nos encargamos nosotros.

Hay además un supuesto ajeno a las partes: que el Tribunal de Justicia de la UE tenga pendiente una cuestión prejudicial —la pregunta que un tribunal nacional le dirige sobre cómo interpretar el derecho europeo— que decida el fondo. Si la hay, cada tribunal valora si espera la respuesta, y esa espera se cuenta en meses, no en semanas (quién puede preguntar, qué se suspende y cuánto tarda Luxemburgo). Mientras dura, el asunto sigue contando como pendiente aunque no avance. El caso vivo en hipotecas es el IRPH.

Nueve órganos especializados: el mapa de 2026

Datos a 4 de octubre de 2026 — Acuerdo de 2 de diciembre de 2025 de la Comisión Permanente del CGPJ, publicado en el BOE el 22 de diciembre de 2025 (BOE-A-2025-26305).

La concentración viene de 2017. Tras la sentencia europea de 21 de diciembre de 2016 sobre cláusula suelo, el CGPJ especializó órganos con el criterio de uno por provincia en la península y uno en cada una de las principales islas. Entraron en funcionamiento el 1 de junio de 2017 y en su primer mes ingresaron 15.801 demandas.

Ese plan sigue vigente, reducido y con otro nombre. El acuerdo en vigor atribuye el conocimiento de «las acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física» a nueve Secciones Civiles de Tribunales de Instancia —la estructura que ha sustituido a los antiguos Juzgados de Primera Instancia— en cinco comunidades: Cataluña, Comunitat Valenciana, Madrid, País Vasco y Región de Murcia. Y precisa que «los juzgados competentes continuarán conociendo de todos los procesos pendientes ante los mismos hasta su conclusión»: un procedimiento ya iniciado no cambia de órgano.

El acuerdo cubre del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. La composición se revisa en enero de 2027, cuando el CGPJ publique el acuerdo del ejercicio siguiente.

Por qué no te damos una fecha

Con estos números delante, anunciar un plazo sería inventarlo. Lo que sí sostenemos es más corto y se puede cumplir: el estudio del contrato lo hacemos nosotros, la reclamación previa a la entidad la presentamos nosotros y los escritos de cada fase, apelación incluida si la entidad recurre, los sostiene el despacho colaborador. No tienes que pisar un juzgado ni perseguir un expediente: cada hito aparece fechado en tu portal.

Conviene decir también lo que no hay. No todo contrato contiene cláusulas reclamables, y cuando el estudio concluye que no hay base se te comunica y ahí se detiene el encargo. Si la hay, nada se paga al empezar y los honorarios solo nacen si la reclamación prospera, sin dar ningún resultado por descontado. Para situar el calendario completo están cómo se ordena un caso desde el primer día y el recorrido de un caso, hito a hito.


Historial de actualizaciones

  • 4 de octubre de 2026 — publicación inicial con la estimación de tiempos medios del CGPJ (serie 2002-2025, publicada el 16 de abril de 2026) y el Acuerdo de 2 de diciembre de 2025 de la Comisión Permanente del CGPJ (BOE-A-2025-26305).

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda un juicio por cláusulas abusivas en España?

La Estadística Judicial del CGPJ estimó 20,26 meses de media en 2025 para los juicios ordinarios sobre condiciones generales en contratos de financiación con garantía inmobiliaria. Es una estimación pensada para comparar años y territorios, no una previsión de un caso concreto, y varía mucho según dónde se tramite.

¿Por qué en Madrid los pleitos de cláusulas abusivas tardan más?

En la misma serie y el mismo año, la estimación va de 7,01 meses en Castilla-La Mancha a 57,62 en Madrid. La competencia está concentrada en pocos órganos especializados y el volumen que recibe cada uno no es comparable. Son estimaciones del CGPJ, no plazos garantizados.

¿Siguen existiendo los juzgados especializados en cláusulas abusivas?

Sí, reducidos y con otro nombre: un acuerdo del CGPJ de diciembre de 2025 atribuye esa competencia a nueve Secciones Civiles de Tribunales de Instancia en cinco comunidades, para el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. Los procesos ya pendientes continúan en el órgano que los lleva.

Si el banco recurre la sentencia, ¿cuánto se alarga?

La estadística del CGPJ estimó 18,13 meses de media en 2025 para los recursos de apelación sobre acciones individuales en condiciones generales en Audiencias Provinciales. De presentar y sostener los escritos de esa fase nos encargamos nosotros; el calendario lo marca el tribunal.

¿Por qué se estima más largo un pleito de cláusulas abusivas que un juicio ordinario cualquiera?

En la serie de 2025 del CGPJ la estimación es de 20,26 meses para los ordinarios sobre condiciones generales con garantía inmobiliaria, frente a 15,46 meses de los juicios ordinarios de todo tipo. La diferencia la explica sobre todo el órgano que tramita: la competencia está concentrada en nueve Secciones Civiles especializadas y el volumen acumulado en cada una no es comparable. Son estimaciones del CGPJ, no plazos garantizados.

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